El Poder Ejecutivo


 

Es el encargado de administrar el Estado.

En nuestro país este poder está radicado en el Presidente de la República, en su calidad de Jefe de Estado, de acuerdo a la Constitución de la República. Su autoridad alcanza, además, a “la conservación del orden público en el interior  y la seguridad externa de la República, de acuerdo a la Constitución y las leyes. (Artículo 24).

 A través de estas funciones de gobierno y funciones administrativas del Presidente de la República, el Estado establece políticas y cuenta con organismos para satisfacer necesidades públicas  tales como la educación, la salud, el orden interno, la conducción económica, la defensa nacional, entre otras.

 Para ser elegido Presidente se requiere: Tener nacionalidad chilena , tener cumplidos 35 años de edad y poseer las demás cualidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.

 El Presidente de la República durará 4 años en el cargo y no puede ser reelegido para el período siguiente. Las elecciones serán directas por mayoría absoluta de sufragios (50% + 1 voto como mínimo). Si ningún candidato obtuviese mayoría absoluta, se procederá a una nueva elección entre los que obtuvieron las votaciones más altas. El Presidente de la República tiene la obligación, una vez al año, de dar cuenta de la situación política y administrativa del país (esta cuenta pública se realiza por tradición el día 21 de mayo de cada año).

a) Las funciones de gobierno:

El gobierno dirige la administración del país. Ejecuta y vela por el cumplimiento de las leyes aprobadas en el Parlamento, atiende todos los asuntos de la política interna  y conduce al país en la política internacional .Gobernar es dirigir, impulsar.

 Para el ejercicio de la función ejecutiva, el Presidente de la República cuenta  con órganos de Gobierno, como son los Intendentes y Gobernadores.

 

b) Las funciones administrativas:

La función de administrar, en cambio, tiene por objeto la aplicación  o cumplimiento de las medidas de Gobierno, o sea, más concretamente, la atención de los Servicios Públicos destinados a concurrirá la ejecución del pensamiento del Gobierno de turno, a la aplicación de las leyes de interés general. Administrar es ejecutar, obrar.

 Para el ejercicio de esta función, el Presidente cuenta con organismos de administración: Ministerios, servicios públicos centralizados o dependientes y descentralizados.